El 9 de abril de 2015 se aprobó por el gobierno el Proyecto de Ley que reforma el sistema de valoración de daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de tráfico, vigente desde la entrada en vigor de la Ley 30/1995 de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de seguros privados y posteriormente modificado por el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre.
Esta ley:
  • Permitirá incrementar la protección a las víctimas de accidentes de circulación mediante la garantía de una indemnización suficiente;
  • Mejora el tratamiento resarcitorio de los perjudicados por los accidentes de tráfico y
  • Establece un sistema indemnizatorio activo, actualizado y adaptado a la realidad.
Respecto a la media del periodo 2005 a 2011, según los daños causados en cada accidente de circulación, las indemnizaciones correspondientes se modifican de la siguiente manera:
  •  Indemnizaciones por muerte: se incrementan un 50% de media
  •  Indemnizaciones por secuelas: se incrementan un 35% de media
Según el Gobierno, algunos ejemplos que pueden ilustrar sobre los efectos del nuevo baremo son los siguientes:
A. ACCIDENTES:
1. Doctora, mujer médico otorrinolaringóloga, de renta de más de 60.000 Eur/año, que sufre amputación parcial de la pierna.

Baremo actual: 350.000 Euros (máximo)
Futuro Baremo: 750.000 Euros (Máximo. Incluyendo nuevos conceptos: lucro cesante, gastos sanitarios futuros, etc.)
Diferencia: + 400.000 Euros
Porcentaje diferencia: +114 %

2. Bebe de un año queda tetrapléjico.

Baremo actual: 1.300.000 Euros (máximo)
Futuro baremo: 3.500.000 Euros (Máximo. Incluyendo nuevos conceptos: PÉRDIDA DE CALIDAD DE VIDA, tercera persona, readaptación de la vivienda, lucro cesante, gastos sanitarios futuros, etc.)
Diferencia: + 2.200.000 Euros
Porcentaje diferencia: + 169%

3. Atropello a 1 peatón de 21 años de edad, con antecedentes psiquiátricos, que sufre diversas fracturas y la amputación parcial de la pierna izquierda.

Baremo actual: 1.361.974,47 Euros
Futuro baremo: 1.554.845,72 Euros
Diferencia: + 192.871,25 Euros
Porcentaje diferencia: + 15%
B) FALLECIMIENTOS:
1. De oficinista de 32 años, casada hace 5 años con cónyuge de 35 años, con ingresos netos de 16.800 Euros con una hija de 2 años. Solo madre y sin hermanos.

Baremo actual: 192.203 Euros
Futuro baremo: 342.037 Euros
Diferencia: + 149.834 Euros
Porcentaje diferencia: + 78%

2. De padre de familia de 40 años, con ingresos netos de 38.000 Euros. Deja viuda de 30, un hijo de 3, otro de 6 y otro de 12. Deja padre y hermano (no dependientes económicamente ni convivientes)

Baremo actual: 335.519,31 Euros
Futuro baremo: 671.480,94 Euros
Diferencia: + 335.961,63* Euros
Porcentaje diferencia: +100,13%.
  • En concreto cada uno de los hijos menores multiplica por 2,8 la indemnización actual.
Según ha informado el Ministerio de Justicia, impulsor de la medida, esta reforma es fruto del acuerdo entre las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico y las entidades aseguradoras. En concreto, entre los colectivos que han aportado sugerencias durante la elaboración del Proyecto de Ley se encuentran el CERMI, Federación Española de Daño Cerebral, Asociación de Lesionados Medulares y Grandes Discapacitados Físicos, Asociación para el Estudio de la Lesión Medular Espinal, Asociación de Prevención de Accidentes de Tráfico y STOP ACCIDENTES, además de la Fiscalía de Sala Coordinadora de Seguridad Vial y numerosos facultativos sanitarios expertos en patologías provocadas por accidentes de tráfico.